El Ayuntamiento de Benavente tendrá que crear la plaza de policía motorista dentro de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que afecta a la Policía Local. Así lo ha establecido la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Zamora, que ha estimado esta única petición de las cuatro que sustentaban la demanda planteada por una decena de agentes contra la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Benavente.

La magistrada concluye que no hubo infracción por vulneración de derechos fundamentales de los agentes demandantes al contratarse una empresa externa para realizar la RPT ni tampoco las sentencias dictadas en 2015 y 2017. “Lo esencial no es la contratación de un tercero para la elaboración de la RPT (por la dificultad técnica) sino si ha existido dicha negociación entre el Ayuntamiento y los representantes de los funcionarios, a los que se les entregó la documentación. Y esta negociación sí ha existido independientemente de que se acepten algunas o todas de las propuestas de la Junta de Personal, motivo por el cual esta nulidad no puede ser apreciada”, indica la magistrada.

De forma individualizada razona todos los motivos concretos de nulidad, que fueron alegaciones presentadas y respondidas por la empresa que realizó la RPT. Salvo la inclusión en la RPT de una plaza de agente motorista, que la magistrada entiende que existía aún cuando sólo fuera referencias al pago de productividad y entrega de vestuario, rechaza todas las demás, incluyendo la petición de creación de una brigada especial de agentes que no existía.

En cuanto a la reclamación específica de los efectos económicos sobre el complemento específico al que se aludió en una sentencia en 2015, la magistrada entiende que “no puede pretenderse una aplicación retroactiva de un complemento sin que exista una cuantificación, o al menos, la fijación de unos criterios, a la fecha cuya retracción se pretende. Si la valoración de los puestos y la cuantificación del complemento se hace en la RPT, el pago de la misma será desde su aprobación y por ello no se está incumpliendo la sentencia” citada.

La resolución reparte costas y es recurrible. El Ayuntamiento, cuyo edil de Personal, José Mariño, cree que “se confirma el buen trabajo de la anterior Concejalía, de los técnicos y de la empresa que redactó la RPT”, estudia si recurre o no al entender que la orden crear una plaza de motorista afecta a la libertad de autoorganización municipal que reconoce la Ley de Bases.